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Teoría

Diseño de las bases de licitación como asignación encubierta

Visto en 1 aparición de los programas.

Qué es

Una licitación existe para reemplazar la competencia en el mercado por competencia por el mercado: si el servicio lo va a prestar un solo proveedor, al menos que muchos peleen por el derecho a prestarlo, y que esa pelea empuje el precio hacia el costo. La idea es vieja y tiene autor: Demsetz (1968) argumentó que un monopolio natural no obliga a regular tarifas si se puede subastar la franquicia entre postulantes idénticos.

El supuesto escondido es que las reglas del concurso son neutrales. No lo son. Quien redacta las bases elige el objeto licitado, los requisitos de admisibilidad, las ponderaciones de evaluación, los plazos y las garantías. Myerson (1981) mostró formalmente lo que esto implica: en una subasta, el diseño de las reglas es la elección del resultado. El diseñador que conoce las características de los participantes puede fijar reglas que hacen ganar a quien él quiera, sin tocar el sobre. Klemperer (2002) lo llevó a la práctica con una frase que ordena el campo: lo que decide una subasta no es el refinamiento teórico del mecanismo, sino la colusión y la disuasión de entrada.

La asignación encubierta ocurre cuando el filtro de admisibilidad —no el criterio de adjudicación— reduce el conjunto elegible a un solo oferente. Facturación mínima, experiencia previa en exactamente ese servicio y en exactamente esa escala, una certificación que en el país tienen dos empresas, un plazo de postulación de diez días para armar una propuesta que toma treinta. Cada requisito, por separado, se defiende solo. El conjunto, no: define un currículum. Cuando eso pasa, la apertura de ofertas es una formalidad y la adjudicación real ocurrió semanas antes, en un Word. La legalidad queda intacta, y eso es precisamente lo que hace difícil detectarlo y casi imposible impugnarlo.

La dificultad honesta es que muchos requisitos restrictivos son legítimos. Cuando la calidad no es contratable —cuando el papel no puede describir lo que uno quiere—, exigir trayectoria es la forma barata de comprar información sobre el oferente; es el problema de selección adversa que Laffont y Tirole (1993) pusieron en el centro de la teoría de las compras públicas, y la razón por la que Che (1993) modeló licitaciones multidimensionales donde el precio no manda solo. La línea divisoria no es "restrictivo o no", es proporcionalidad: ¿el requisito está dimensionado por el riesgo que mitiga, o por la hoja de vida del incumbente?

Del lado del costo social, esto no se agota en pagar caro. Tullock (1967) y Krueger (1974) describieron el desperdicio de la búsqueda de rentas: si influir en la redacción rinde más que bajar costos, las empresas invierten ahí, y esos recursos se queman sin producir nada. Stigler (1971) puso el nombre general al mecanismo —la industria regulada termina escribiendo su propia regla— y en compras públicas la captura no necesita capturar una ley: basta un anexo técnico. Williamson (1976) ya había advertido que el ideal de Demsetz se rompe en la renovación: con activos específicos y ventaja de incumbencia, la segunda ronda nunca es una competencia fresca.

Una advertencia contra el cinismo automático: Bandiera, Prat y Valletti (2009) distinguieron desperdicio activo (el que produce un beneficio privado) del pasivo (ineficiencia sin cohecho), y encontraron que la mayor parte del sobrecosto en su muestra era pasivo. Unas bases hechas a la medida de un proveedor muchas veces son una ficha técnica copiada de su catálogo por un funcionario apurado. El efecto sobre la competencia es idéntico; la responsabilidad, no.

Lo que sí se puede medir sin entrar a la intención: número de oferentes admisibles por proceso, proporción de licitaciones con una sola oferta válida, requisitos que aparecen una vez y no se repiten en compras equivalentes, plazos anómalamente cortos, adjudicatario recurrente. La OECD (2009) sistematizó estos indicadores para colusión, y sirven igual para el caso donde no hay cartel sino una sola puerta.

Cómo lo explicó el programa

En Buenos Días Mercado del 24 de agosto de 2026, en el tema "El poder de quien redacta las bases de licitación", Pepe Arias puso el foco donde la discusión pública casi nunca lo pone: no en quién gana, sino en quién escribe. El argumento es que un requisito impecable en apariencia —que el proveedor acredite experiencia probada en un servicio muy específico— puede estar dimensionado a la medida del único oferente del mercado que lo cumple. Su remate: "ya en ese requisito asignaste la licitación".

Vale la pena notar la precisión de la frase. No dice que el requisito sea ilegal, ni que haya soborno. Dice que la asignación ya ocurrió, en tiempo pasado, antes de que exista un solo sobre. Es exactamente el resultado de Myerson traducido a lenguaje de radio: el que fija las reglas ya eligió.

Relación con otros conceptos

Es una barrera a la entrada de tipo administrativo: cumple la función de los costos hundidos o la escala mínima eficiente, pero fabricada por la regla y no por la tecnología. Se conecta con la búsqueda de rentas —el gasto en influir sobre quien redacta— y con la captura regulatoria, su versión de largo plazo. Comparte diagnóstico con la colusión entre oferentes: en ambos casos el precio adjudicado no informa nada sobre el costo, aunque el mecanismo sea opuesto (aquí sobra un solo postor, allá se reparten muchos). Y descansa sobre selección adversa y contratos incompletos: si la calidad fuera verificable ex post, exigir currículum ex ante sería innecesario y el problema se disolvería.

Fuentes y lecturas

  • Demsetz, H. (1968), Why Regulate Utilities?, Journal of Law and Economics 11(1).
  • Myerson, R. (1981), Optimal Auction Design, Mathematics of Operations Research 6(1).
  • Klemperer, P. (2002), What Really Matters in Auction Design, Journal of Economic Perspectives 16(1).
  • Laffont, J.-J. y Tirole, J. (1993), A Theory of Incentives in Procurement and Regulation, MIT Press.
  • Bandiera, O., Prat, A. y Valletti, T. (2009), Active and Passive Waste in Government Spending: Evidence from a Policy Experiment, American Economic Review 99(4).
  • OECD (2009), Guidelines for Fighting Bid Rigging in Public Procurement.

Apariciones