Teoría
Ausencia de un límite legal a la deuda pública
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Qué es
En Chile no existe una norma legal que fije un techo a la deuda del gobierno central expresado como porcentaje del producto. Es una constatación jurídica antes que económica: se puede revisar la Constitución, la ley de responsabilidad fiscal y las leyes de presupuestos, y no se encontrará una cifra que, al superarse, active una consecuencia obligatoria.
Lo que sí existe es otra cosa, y conviene no confundirla. La Constitución exige una ley para que el Estado contrate empréstitos, y cada Ley de Presupuestos autoriza un monto máximo de endeudamiento para ese año. Es un límite al flujo anual, aprobado por el Congreso, no un límite al stock acumulado. La diferencia importa: un tope de flujo se renegocia cada doce meses en la discusión presupuestaria; un tope de stock sería una regla que ata la mano de los gobiernos futuros. Chile tiene lo primero y no lo segundo.
Otros países eligieron distinto. Estados Unidos tiene desde 1917 un techo nominal de deuda que el Congreso debe elevar periódicamente —de ahí sus crisis recurrentes de debt ceiling—. Alemania inscribió en su Ley Fundamental el freno al endeudamiento (Schuldenbremse) en 2009. La Unión Europea fijó en Maastricht (1992) el 60% del PIB como referencia del procedimiento de déficit excesivo. Ninguno de esos diseños es obviamente superior: el estadounidense produce cierres de gobierno por razones puramente contables, y el europeo se ha incumplido con tanta regularidad que su fuerza es más reputacional que jurídica.
La teoría explica por qué el número por sí solo no dice mucho. La condición de sostenibilidad no depende del nivel de deuda sino de la relación entre la tasa de interés que se paga (r), el crecimiento nominal de la economía (g) y el balance primario. Si r supera a g, la razón deuda/PIB crece por inercia aunque el gasto esté contenido, y hace falta superávit primario solo para mantenerla quieta; si g supera a r, la deuda se diluye sola. Esa aritmética la formalizó Domar (1944) y sigue siendo el esqueleto de cualquier proyección fiscal seria. Barro (1979) agregó el argumento normativo: si el objetivo es minimizar la distorsión de los impuestos, conviene suavizar las tasas impositivas en el tiempo y dejar que la deuda absorba los shocks —recesiones, guerras, pandemias—, lo que implica que un techo rígido puede ser activamente dañino justo cuando más se necesita endeudarse. Bohn (1998) propuso el criterio empírico que hoy se usa para juzgar países: no mirar el nivel, sino verificar si el gobierno reacciona subiendo el superávit primario cuando la deuda sube.
El intento más célebre de fijar un umbral científico fue el de Reinhart y Rogoff (2010), que reportaron una caída del crecimiento sobre el 90% del PIB. Herndon, Ash y Pollin (2014) mostraron después que ese resultado dependía de un error de planilla y de decisiones discutibles de ponderación. El episodio dejó una lección que sobrevive al debate: no hay un acantilado numérico, y quien afirme que existe un porcentaje universalmente peligroso está sobreinterpretando la evidencia. Lo que sí importa es la moneda de emisión, el plazo, quién es el acreedor y la credibilidad de la trayectoria.
Cómo lo explicó el programa
Willy Díaz lo planteó sin matices en Buenos Días Mercado del 18 de agosto de 2026, comentando la discusión sobre el endeudamiento fiscal chileno: "no hay ninguna ley en ninguna parte de ningún tipo que establezca cuál es el límite".
El punto del programa fue desarmar una confusión frecuente en la prensa. El 45% del PIB que suele citarse como techo —y la proyección de 45,5% al 2029— no viene de una ley: son planteamientos del Consejo Fiscal Autónomo, un organismo asesor que, en palabras del programa, es "bastante escuchado pero no vinculante". La conclusión que sacó Díaz es la que da sentido económico al asunto: lo importante en un gobierno no es cruzar o no un número, sino que el equilibrio fiscal sea sostenible en el tiempo. Es exactamente el criterio de Bohn traducido a lenguaje de radio.
Relación con otros conceptos
Este concepto solo se entiende junto al de balance estructural, que es la regla que Chile efectivamente usa: en vez de limitar el stock de deuda, ajusta el gasto a los ingresos que la economía tendría con el PIB tendencial y el precio del cobre de largo plazo. También conecta con el ancla de deuda o "nivel prudente", que es un compromiso declarado y no un mandato legal; con la prima soberana y la clasificación de riesgo, que son el límite de mercado que opera cuando no hay límite legal; y con la sostenibilidad fiscal propiamente tal, que es una condición dinámica y no un umbral. En el extremo, se vincula con la dominancia fiscal descrita por Sargent y Wallace (1981): cuando la deuda deja de ser sostenible, el ajuste termina cayendo sobre la política monetaria.
Fuentes y lecturas
- Domar, E. (1944), The "Burden of the Debt" and the National Income, American Economic Review 34(4).
- Barro, R. (1979), On the Determination of the Public Debt, Journal of Political Economy 87(5).
- Bohn, H. (1998), The Behavior of U.S. Public Debt and Deficits, Quarterly Journal of Economics 113(3).
- Herndon, T., Ash, M. y Pollin, R. (2014), Does High Public Debt Consistently Stifle Economic Growth? A Critique of Reinhart and Rogoff, Cambridge Journal of Economics 38(2).
- Blanchard, O. (2019), Public Debt and Low Interest Rates, American Economic Review 109(4).
- Blanchard, O., Macroeconomía, Pearson (capítulo sobre política fiscal y dinámica de la deuda).