Teoría
Inversión extranjera de Estados versus empresas privadas
Visto en 1 aparición de los programas.
Qué es
La inversión extranjera directa (IED) ocurre cuando un agente de un país adquiere o crea activos productivos en otro país y obtiene control o influencia significativa sobre ellos: compra una empresa, construye una planta o toma una participación relevante en una concesión. La pregunta de por qué las empresas invierten fuera de su país tiene una respuesta clásica. Como planteó Hymer (1976), una firma extranjera parte en desventaja frente a las locales y solo invierte si tiene alguna ventaja propia que compense ese costo. Dunning (1977) ordenó esta idea en su paradigma ecléctico u OLI: una empresa invierte en el extranjero cuando combina ventajas de propiedad (tecnología, marca, know-how), de localización (recursos, mercado, costos) y de internalización (le conviene operar directamente en vez de licenciar o exportar).
Ese marco supone, implícitamente, un inversionista que busca rentabilidad. La distinción que trata esta página aparece cuando quien invierte no es una empresa privada, sino un Estado o una entidad controlada por él: empresas estatales, fondos soberanos o bancos públicos. La literatura las llama multinacionales de propiedad estatal (Cuervo-Cazurra et al., 2014).
La diferencia de fondo está en los objetivos y en la gobernanza:
- Empresa privada: responde a sus accionistas y, en general, maximiza utilidades. Sus decisiones se pueden leer con la lógica de costos, retornos y riesgos.
- Empresa o fondo estatal: responde, en última instancia, a un gobierno. Puede perseguir objetivos no comerciales, como asegurar el abastecimiento de materias primas, adquirir tecnología estratégica, ganar influencia geopolítica o sostener empleo en su país de origen. La teoría de la economía política advierte que los políticos tienden a usar las empresas que controlan para fines propios y no solo de eficiencia (Shleifer y Vishny, 1994).
A eso se suman ventajas que el mercado no explica: financiamiento más barato, respaldo implícito del Estado ante pérdidas y menor presión por rentabilidad de corto plazo. Musacchio y Lazzarini (2014) describen cómo el "capitalismo de Estado" combina rasgos de mercado con control público, en formas que van del Estado como dueño mayoritario al Estado como accionista minoritario o prestamista.
Para el país receptor esto plantea un dilema. La inversión estatal extranjera trae capital, empleo y a veces tecnología, igual que la privada. Pero cuando recae en infraestructura crítica (energía, telecomunicaciones, puertos, agua, datos) puede generar riesgos de seguridad nacional o dependencia estratégica. Por eso muchos países han creado mecanismos de screening o filtro de inversiones: el CFIUS en Estados Unidos o el marco de cooperación de la Unión Europea (Reglamento 2019/452). La OCDE ha recomendado que estos mecanismos sean transparentes, proporcionales y previsibles, y que se limiten a riesgos genuinos de seguridad (OCDE, 2009). La tensión permanente es cómo proteger lo estratégico sin espantar la inversión ni violar los compromisos de no discriminación de los tratados de inversión.
Cómo lo explicó el programa
En el episodio [bdm-2026-10-23] (23 de octubre de 2026), dedicado al tema "Screening de inversiones extranjeras", se discutió si Chile necesita un filtro de inversiones propio. La conclusión fue afirmativa, con un argumento que invierte la intuición habitual: el problema para atraer capital no es tener controles, sino no tener reglas claras. Sin un mecanismo formal, cada operación sensible queda expuesta a la improvisación y a las presiones diplomáticas de los países involucrados.
Pepe Arias lo resumió así:
"lo que espanta la inversión no es el control lo que espanta es la incertidumbre"
El programa también delineó cómo debería ser ese filtro:
- Acotado a infraestructura crítica, no aplicable a cualquier inversión extranjera.
- Objetivo y no discriminatorio, para respetar los tratados de protección de inversiones que Chile ha firmado.
- Con plazos cortos y silencio positivo: si la autoridad no responde a tiempo, la inversión se entiende aprobada.
- Sin sumar permisología a un sistema que ya se percibe como lento.
- Distinguiendo entre empresas y Estados extranjeros, que es precisamente el eje de este concepto: no es lo mismo una firma privada que busca rentabilidad que una entidad que puede responder a objetivos de otro gobierno.
Relación con otros conceptos
Este concepto se apoya directamente en la teoría de la inversión extranjera directa y en el paradigma ecléctico, que explican por qué el capital cruza fronteras. Se relaciona con el problema de agencia y la gobernanza corporativa: en una empresa estatal, el "principal" es un gobierno cuyos objetivos pueden diferir de los de un accionista privado. También conecta con las restricciones presupuestarias blandas, la idea de que una entidad respaldada por el Estado puede asumir pérdidas que una privada no resistiría, lo que distorsiona la competencia.
Desde el lado del país receptor, toca la incertidumbre regulatoria y el riesgo país: reglas poco claras elevan la prima de riesgo que exigen los inversionistas y reducen la inversión, que es justamente el punto del episodio. Finalmente, se cruza con las externalidades y los bienes públicos, porque la seguridad de la infraestructura crítica beneficia a toda la sociedad y el mercado por sí solo no la valora adecuadamente.
Fuentes y lecturas
- Hymer, S. (1976), The International Operations of National Firms: A Study of Direct Foreign Investment, MIT Press.
- Dunning, J. H. y Lundan, S. M. (2008), Multinational Enterprises and the Global Economy (2.ª ed.), Edward Elgar.
- Cuervo-Cazurra, A., Inkpen, A., Musacchio, A. y Ramaswamy, K. (2014), "Governments as owners: State-owned multinational companies", Journal of International Business Studies, 45(8).
- Musacchio, A. y Lazzarini, S. G. (2014), Reinventing State Capitalism: Leviathan in Business, Brazil and Beyond, Harvard University Press.
- Shleifer, A. y Vishny, R. W. (1994), "Politicians and Firms", The Quarterly Journal of Economics, 109(4).