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Teoría

Pérdida de capacidad productiva por transferencia de tierras

Visto en 1 aparición de los programas.

Qué es

La frase describe una pérdida de producto agregado que no viene de que desaparezca un factor, sino de que cambia el arreglo institucional bajo el cual ese factor se usa. La hectárea sigue ahí; lo que se interrumpe es el ciclo de inversión que la mantenía productiva. Por eso el fenómeno no aparece en ningún manual como un capítulo propio: es una aplicación del análisis de derechos de propiedad al caso particular de una transferencia masiva de títulos.

El punto de partida es viejo y sólido. Demsetz (1967) planteó que los derechos de propiedad existen para internalizar externalidades: cuando quien paga el costo de una inversión es también quien captura sus frutos, invierte; cuando no, no. North (1990) llevó eso al plano del crecimiento: el desempeño de largo plazo de una economía depende menos de su dotación de recursos que de si sus instituciones hacen que valga la pena inmovilizar capital hoy para cobrarlo en veinte años. Besley (1995), midiendo parcelas en Ghana, encontró exactamente lo que la teoría predice: a mayor seguridad del derecho sobre la tierra, mayor inversión en ella.

En silvicultura la lógica es especialmente nítida, porque la decisión relevante es explícitamente intertemporal. El modelo de rotación óptima —Faustmann (1849), reexpuesto para economistas modernos por Samuelson (1976)— dice que la tierra forestal vale el valor presente de una serie infinita de rotaciones futuras, no de la cosecha que está en pie. Con pino radiata en rotaciones de dieciocho a veinticinco años, replantar es una apuesta a dos décadas. Si el horizonte se acorta o se vuelve incierto, el cálculo se parte en dos: cosechar lo que ya está maduro sigue siendo rentable —el costo está hundido—, pero replantar deja de serlo. El resultado observable es precisamente el patrón que describe el programa: se cosecha y no se vuelve a plantar. Dixit y Pindyck (1994) le dan el nombre técnico: ante una inversión irreversible bajo incertidumbre, esperar tiene valor de opción, y el umbral para invertir se eleva muy por encima del "valor presente neto positivo" del libro de texto.

En el caso chileno hay además un canal legal concreto. Las tierras traspasadas por el Fondo de Tierras y Aguas Indígenas quedan bajo el estatuto de protección de la Ley 19.253 (1993): no se pueden enajenar, embargar ni gravar fuera del mismo pueblo, y las de comunidades tampoco se pueden arrendar ni ceder en administración a terceros. Esa protección —cuyo propósito es evitar que la tierra restituida se pierda otra vez por venta o remate— cierra en el camino las dos vías por las que normalmente se financia una plantación: no sirve como garantía frente a un banco, y no se puede arrendar a un operador con capital y escala. Feder y Feeny (1991) describieron ese trade-off como el dilema central de la política de tenencia: la inalienabilidad protege al tenedor y, al mismo tiempo, le quita el acceso al crédito y al mercado de arriendo.

Cómo lo explicó el programa

En Buenos Días Mercado del 2 de mayo de 2025, bajo el tema "Las hectáreas transferidas salen del proceso productivo", un panelista no identificado puso la cifra sobre la mesa: se han entregado ya del orden de 240.000 a 250.000 hectáreas, un volumen equivalente al que en ese momento se proponía traspasar. El argumento no era sobre la legitimidad de la entrega sino sobre su contabilidad: "son hectáreas que salen del proceso productivo, que están produciendo".

El mecanismo que describió es el de la rotación interrumpida: el patrón observado —dijo— es cosechar lo existente, un bosque por ejemplo, y no volver a plantar, con pérdida permanente de capacidad productiva. Vale la pena separar las dos afirmaciones. La primera —cosechar y no replantar— es una observación de comportamiento, y coincide con lo que predice el modelo de Faustmann bajo horizonte incierto o sin acceso a financiamiento. La segunda —que la pérdida es permanente— es una extrapolación más fuerte: lo que se destruye es el flujo de inversión y el capital complementario (caminos, viveros, contratos, oficio acumulado), y eso puede reconstruirse si el arreglo de tenencia se estabiliza, aunque tome años. La cifra citada, además, es un acumulado de tres décadas de política, no un flujo anual.

Relación con otros conceptos

Está a un paso del riesgo de expropiación y del problema del holdup de Williamson: cuando el activo es específico e inmóvil y la contraparte puede renegociar después de que uno invirtió, la inversión no se hace. Se conecta con el capital muerto de De Soto —tierra sin título transable no respalda crédito— y con la productividad total de factores, porque la caída de producto por hectárea no viene de menos tierra ni de menos gente, sino de un uso peor coordinado de ambas.

Su contrapeso obligatorio es la gobernanza de bienes comunes de Ostrom (1990), que desarmó la lectura automática de que la propiedad colectiva equivale a la tragedia de los comunes: propiedad común no es acceso abierto, y comunidades con reglas propias sostienen recursos por generaciones. La pregunta empírica correcta no es si la tierra pasó a manos colectivas, sino si el arreglo resultante define bien quién decide, quién cosecha y con qué horizonte.

Fuentes y lecturas

  • Demsetz, H. (1967), Toward a Theory of Property Rights, American Economic Review, 57(2).
  • North, D. C. (1990), Institutions, Institutional Change and Economic Performance, Cambridge University Press.
  • Ostrom, E. (1990), Governing the Commons: The Evolution of Institutions for Collective Action, Cambridge University Press.
  • Dixit, A. y Pindyck, R. (1994), Investment under Uncertainty, Princeton University Press.
  • Besley, T. (1995), Property Rights and Investment Incentives: Theory and Evidence from Ghana, Journal of Political Economy, 103(5).
  • Feder, G. y Feeny, D. (1991), Land Tenure and Property Rights: Theory and Implications for Development Policy, The World Bank Economic Review, 5(1).

Apariciones