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Teoría

Reducción de la jornada laboral por ley

Visto en 1 aparición de los programas.

Qué es

La reducción de la jornada laboral por ley es la fijación de un tope máximo de horas semanales de trabajo mediante norma estatal, por debajo del que regía antes. En Chile, la Ley 21.561 (2023) bajó la jornada ordinaria de 45 a 40 horas semanales con implementación gradual hasta 2028. No es una medida aislada: pertenece a la familia de regulaciones que fijan precios o cantidades en el mercado laboral, junto con el salario mínimo, las indemnizaciones por despido y las cotizaciones obligatorias.

En términos económicos, un tope legal de horas interviene sobre la cantidad del insumo trabajo, no sobre su precio. Pero ambos márgenes están conectados, y ahí empieza lo interesante. En el modelo canónico de oferta y demanda de trabajo (el tratamiento estándar está en Borjas, 2020, Labor Economics), la empresa contrata horas hasta que el valor del producto marginal de la última hora iguala el costo de esa hora. Si la ley prohíbe las horas que van de la 41 a la 45 —y esas horas eran productivas al salario vigente—, el resultado esperado depende críticamente de qué pasa con la remuneración mensual.

Si el salario mensual se mantiene constante mientras las horas caen, el costo laboral por hora sube mecánicamente: pagar lo mismo por menos horas equivale a un alza del salario horario de 12,5% (45/40). Ese es el punto que suele perderse en el debate público, donde la discusión se plantea como "más tiempo libre" sin nombrar el precio. Si en cambio el salario mensual se ajustara a la baja en proporción, el costo por hora quedaría igual y lo que cambiaría sería el ingreso del trabajador. La evidencia comparada sugiere que el ajuste completo por la vía salarial rara vez ocurre: los contratos son rígidos a la baja en términos nominales, un fenómeno documentado desde Keynes (1936) y confirmado empíricamente por Bewley (1999) en Why Wages Don't Fall During a Recession.

La segunda pregunta es si el empleo cae. La teoría del fondo fijo de trabajo (lump of labour fallacy) —la idea de que hay una cantidad dada de trabajo por repartir, y que reducir las horas de cada uno crea empleos para otros— es considerada una falacia por la corriente principal de la disciplina: la cantidad de trabajo demandada no es fija, sino que depende del costo y de la productividad. La evidencia empírica del caso más estudiado, la semana de 35 horas en Francia (leyes Aubry, 1998-2000), es ambigua y está lejos de mostrar la creación de empleo prometida; Crépon y Kramarz (2002) encontraron que la reducción anterior, de 40 a 39 horas en 1982, aumentó la probabilidad de perder el empleo entre los trabajadores directamente afectados. Askenazy (2013) revisa la literatura francesa y concluye que los efectos sobre el empleo agregado fueron pequeños y dependieron de las rebajas de cotizaciones que acompañaron la ley.

El tercer canal es la productividad. Si la jornada previa incluía horas de baja productividad marginal —fatiga, presentismo, tiempo muerto—, recortarlas puede no reducir el producto en la misma proporción. Ahí el costo unitario del trabajo sube menos de lo que sugiere la aritmética. Pero ese efecto tiene un límite evidente: no se sostiene indefinidamente, y opera con más fuerza en tareas cognitivas que en aquellas donde el producto es proporcional al tiempo de presencia.

Una cuarta consideración, decisiva para leer el caso chileno: la ley es vinculante solo donde la restricción muerde. Si la jornada efectiva promedio ya estaba por debajo del tope anterior, la norma no cambia la cantidad de horas trabajadas para el promedio; lo que hace es formalizar una situación existente y, al mismo tiempo, elevar el costo por hora para el segmento que sí trabajaba al tope. Es la misma lógica del salario mínimo: su efecto no se lee en la media, sino en la parte de la distribución donde el piso queda por encima del salario de mercado.

Cómo lo explicó el programa

En Buenos Días Mercado del 11 de septiembre de 2026, en el tema "Jornada legal, costos laborales y crisis del mercado del trabajo", el panel puso exactamente ese dedo en la llaga. El argumento fue que la reducción resultó administrativa más que efectiva: según el INE, cuando se discutió la ley de 40 horas ya se trabajaban en promedio 37 horas, y hoy el promedio ronda las 35. Es decir, el tope legal bajó hasta un nivel que la jornada efectiva promedio ya había cruzado por su cuenta, empujada por la composición del empleo (más servicios, más jornada parcial, más informalidad) antes que por la norma.

Lo que sí produce la ley, en la lectura del programa, es un efecto sobre el precio y no sobre la cantidad. Willy Díaz lo resumió así: "con esa reducción administrativa de horas la verdad es que aumentan los costos laborales". El punto se encadenó con el salario mínimo: dos regulaciones que empujan el costo de contratar en la misma dirección, y que caen sobre un mercado del trabajo que el panel describió como ya en crisis. La secuencia importa —no es lo mismo subir el costo laboral en un ciclo expansivo que hacerlo cuando la creación de empleo formal ya está débil—, porque el margen de ajuste que queda cuando no se puede ajustar por salario es el empleo, la informalidad o la intensidad del trabajo por hora.

Relación con otros conceptos

El vínculo más directo es con el salario mínimo: ambos son restricciones legales sobre el contrato de trabajo, ambos operan en un margen distinto (precio uno, cantidad el otro) y ambos terminan afectando el costo por hora. Se conecta también con la elasticidad de la demanda de trabajo, que es el parámetro que decide si un alza de costos se traduce en menos empleo, en menos margen de la empresa o en precios más altos.

Aparece de fondo el costo laboral unitario, que combina salario y productividad: una reducción de jornada que venga acompañada de ganancias de productividad puede dejarlo estable. Y se roza con la informalidad laboral, que es la válvula de escape cuando el costo de contratar formalmente sube por encima de lo que ciertos empleos pueden pagar —un margen especialmente relevante en economías con fiscalización imperfecta. Finalmente, conecta con la rigidez nominal de salarios, que es la razón por la cual el ajuste no ocurre por la vía del sueldo mensual.

Fuentes y lecturas

  • Borjas, G. (2020), Labor Economics, 8ª ed., McGraw-Hill. El tratamiento estándar de oferta y demanda de trabajo, elasticidades y efectos de la regulación.
  • Cahuc, P., Carcillo, S. y Zylberberg, A. (2014), Labor Economics, 2ª ed., MIT Press. Manual avanzado; el capítulo sobre regulación de la jornada discute directamente el caso francés.
  • Crépon, B. y Kramarz, F. (2002), "Employed 40 Hours or Not Employed 39: Lessons from the 1982 Mandatory Reduction of the Workweek", Journal of Political Economy, 110(6).
  • Askenazy, P. (2013), "Working Time Regulation in France from 1996 to 2012", Cambridge Journal of Economics, 37(2).
  • Bewley, T. (1999), Why Wages Don't Fall During a Recession, Harvard University Press. La evidencia sobre por qué el ajuste no llega por el salario nominal.

Apariciones