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Teoría

Regresividad de los impuestos indirectos

Visto en 1 aparición de los programas.

Qué es

Un impuesto es regresivo cuando quien gana menos paga una fracción mayor de su ingreso que quien gana más. Es progresivo en el caso contrario, y proporcional cuando todos pagan la misma fracción. Los impuestos indirectos, que gravan el consumo y no a la persona, tienden a ser regresivos. En Chile son el IVA, los impuestos específicos a los combustibles, al tabaco y al alcohol, y el impuesto adicional a las bebidas azucaradas.

El mecanismo es aritmético. El IVA chileno cobra la misma tasa, 19 %, a todos los compradores de un mismo bien. Pero los hogares de menores ingresos gastan casi todo lo que ganan, y a veces más, mientras que los de mayores ingresos ahorran una parte. Si el impuesto se mide contra el ingreso, el hogar que consume el 100 % de su sueldo paga, en proporción, bastante más que el que consume el 60 %. La tasa es plana sobre el gasto, pero la carga resulta regresiva sobre el ingreso.

La teoría de la incidencia tributaria agrega un matiz: quien entrega el impuesto al fisco no siempre es quien lo soporta. Cuánto se traslada al precio depende de las elasticidades de la oferta y la demanda. Los manuales de finanzas públicas tratan esto como el problema central de la distribución de la carga (Musgrave y Musgrave, 1989; Stiglitz y Rosengard, 2015). En los bienes de demanda inelástica, como los combustibles o los alimentos básicos, la mayor parte suele recaer en el consumidor.

Hay dos matices importantes en la literatura:

  1. El horizonte de medición. Poterba (1989) mostró que si la carga se mide contra el gasto de consumo (una aproximación al ingreso de toda la vida) y no contra el ingreso anual, los impuestos al consumo se ven bastante menos regresivos. Parte de la regresividad aparente viene de hogares con un ingreso temporalmente bajo que sostienen su consumo.
  2. El sistema completo. Un impuesto regresivo puede financiar un gasto muy progresivo. Para Chile, Engel, Galetovic y Raddatz (1999) concluyeron que el sistema tributario apenas cambiaba la distribución del ingreso y que la redistribución efectiva pasaba por el gasto público focalizado. Por eso juzgar el IVA aislado de lo que financia da una imagen incompleta.

A esto se suma un fenómeno que no es distributivo sino de percepción. Como el impuesto indirecto viene incluido en el precio, el contribuyente no ve cuánto paga. Amilcare Puviani lo llamó ilusión fiscal (1903). La evidencia moderna confirma que la visibilidad cambia la conducta: Chetty, Looney y Kroft (2009) encontraron que los consumidores reaccionan menos a un impuesto que no aparece en la etiqueta que a uno que sí aparece, aunque el monto sea el mismo.

Cómo lo explicó el programa

En Buenos Días Mercado del 7 de octubre de 2026 (bdm-2026-10-07), en el tema «Conciencia tributaria e impuestos invisibles», el programa juntó las dos caras del concepto: la regresividad y la invisibilidad.

El argumento partió de que los impuestos indirectos están ocultos en el precio y por eso la gente no percibe cuánto paga. Se mencionó una cifra que ilustra la regresividad: el quintil más pobre destinaba cerca del 21-23 % de su gasto a impuestos. Esa carga no la ven quienes la pagan, precisamente porque nunca aparece separada en la boleta o en la góndola.

La propuesta que salió de ahí fue publicar los precios sin impuestos, es decir, mostrar el impuesto aparte, como se hace en buena parte de Estados Unidos. Así la carga se haría visible y, según el programa, la ciudadanía pasaría a exigir un mejor uso del gasto público. Willy Díaz lo resumió así: «el estado no es un árbol del que crece la plata».

La idea conecta directamente con la ilusión fiscal y con la evidencia sobre la saliencia tributaria. Si el impuesto se vuelve visible, cambia tanto la conducta de compra como la percepción del costo del Estado. Vale una precisión: hacer visible el impuesto no cambia su regresividad, porque la carga sigue siendo la misma. Lo que cambia es la conciencia de quien la soporta, y con ella la presión sobre la calidad del gasto.

Relación con otros conceptos

La regresividad es un caso particular de la incidencia tributaria, que estudia quién soporta realmente un impuesto según las elasticidades de oferta y demanda. Se contrapone a la progresividad del impuesto a la renta, que en Chile se logra con tramos de tasa marginal creciente.

La discusión toca el principio de capacidad de pago, que pide que contribuya más quien más puede. También toca la propensión marginal a consumir, que es mayor en los hogares de menos ingresos y explica la mecánica de la regresividad. Del lado de la percepción, el concepto se cruza con la ilusión fiscal y la saliencia tributaria.

Por último, se relaciona con el debate sobre eficiencia versus equidad. Los impuestos al consumo distorsionan menos el ahorro y la inversión que los impuestos al ingreso del capital, y recaudan con bajo costo administrativo. Esa es la razón por la que muchos países los mantienen a pesar de su regresividad, y compensan con gasto social focalizado o con tasas reducidas o exenciones para bienes básicos.

Fuentes y lecturas

  • Musgrave, R. y Musgrave, P. (1989), Public Finance in Theory and Practice, 5.ª ed., McGraw-Hill.
  • Stiglitz, J. y Rosengard, J. (2015), Economics of the Public Sector, 4.ª ed., W. W. Norton.
  • Poterba, J. (1989), "Lifetime Incidence and the Distributional Burden of Excise Taxes", American Economic Review 79(2), 325-330.
  • Chetty, R., Looney, A. y Kroft, K. (2009), "Salience and Taxation: Theory and Evidence", American Economic Review 99(4), 1145-1177.
  • Engel, E., Galetovic, A. y Raddatz, C. (1999), "Taxes and Income Distribution in Chile: Some Unpleasant Redistributive Arithmetic", Journal of Development Economics 59(1), 155-192.

Apariciones