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Teoría

Legitimidad de los programas sociales y control del fraude

Visto en 1 aparición de los programas.

Qué es

Un programa social transfiere recursos públicos a quienes cumplen ciertos requisitos: ingresos bajo un umbral, edad, discapacidad o situación familiar. Su legitimidad es la disposición de los ciudadanos, incluidos quienes lo financian y no lo reciben, a aceptar que ese gasto es justo y está bien administrado. Ese respaldo es frágil. Se erosiona cuando la gente percibe que los beneficios llegan a quien no corresponde, aunque el monto involucrado sea pequeño.

El control del fraude es el conjunto de herramientas con que el Estado intenta que el beneficio llegue solo a quien tiene derecho: depurar padrones, cruzar bases de datos administrativas, verificar la situación declarada y sancionar a quien declara en falso. En Chile ese trabajo se apoya sobre todo en el Registro Social de Hogares y en el cruce de información entre servicios públicos.

La economía pública analiza este problema como un dilema de focalización. Cornia y Stewart (1993) distinguieron dos errores. El error de inclusión entrega el beneficio a quien no califica, y en él caen el fraude y los padrones desactualizados. El error de exclusión deja fuera a quien sí califica. Reducir uno suele aumentar el otro: más controles, más papeleo y más verificación filtran a los que no corresponden, pero también desaniman o dejan afuera a beneficiarios legítimos. La literatura sobre take-up (la tasa de uso efectivo de un beneficio) muestra que una fracción importante de quienes tienen derecho a un programa nunca lo cobra, por desinformación, por la complejidad del trámite o por estigma (Moffitt, 1983; Currie, 2006; Kleven y Kopczuk, 2011).

Akerlof (1978) mostró que identificar a los beneficiarios por características observables, lo que llamó tagging, permite focalizar mejor que preguntar por el ingreso. Besley (1990) comparó la focalización por comprobación de medios con la provisión universal y mostró que la elección depende del costo administrativo y de los incentivos que genera cada esquema. Del lado del fraude, la lógica de la disuasión viene de Becker (1968): el incentivo a defraudar depende de la probabilidad de ser detectado y del tamaño de la sanción. Por eso un buen cruce de datos puede disuadir más de lo que recupera directamente.

Hay además un argumento político. Rothstein (1998) y Korpi y Palme (1998) sostienen que el apoyo ciudadano a un programa depende tanto de que se perciba bien administrado como de su generosidad. Desde esta mirada, combatir el fraude no es principalmente una medida de ahorro. Es una forma de proteger el contrato social que permite que el programa exista.

Cómo lo explicó el programa

En Buenas Tardes Mercado del 6 de octubre de 2026 [btm-2026-10-06], durante una conversación sobre el combate al fraude en los programas sociales, Pepe Arias separó con precisión las dos dimensiones del concepto. Depurar los padrones le pareció una buena política, porque les da legitimidad a los programas. Pero puso el ahorro en proporción: cerca de US$400 millones, alrededor de 0,5 % del gasto, una cifra que no cambia el panorama fiscal. Lo resumió así: «yo creo que es una muy buena política pero es un mal plan fiscal».

La distinción calza con la teoría. El valor del control del fraude se mide sobre todo en confianza y en focalización, y no tanto en la caja fiscal. Presentarlo como solución a un problema de déficit confunde los dos planos: es, en palabras del panel, un buen titular, no un plan fiscal. Cuando la brecha entre ingresos y gastos es estructural, se cierra con decisiones sobre el gasto grande o sobre los ingresos, no limpiando márgenes del padrón.

Relación con otros conceptos

El concepto se cruza con la focalización del gasto social y con el debate entre universalismo y comprobación de medios: un programa universal casi no tiene fraude de elegibilidad, pero cuesta más; uno focalizado cuesta menos, pero necesita verificar y se expone a errores en ambas direcciones. También se relaciona con la información asimétrica y la selección adversa. El Estado no observa directamente el ingreso ni la situación del hogar, y quien declara tiene incentivos a mostrarse más necesitado.

Del lado fiscal, conecta con la diferencia entre medidas de eficiencia del gasto y consolidación fiscal: mejorar la calidad del gasto no equivale a reducir su nivel. Y conecta con la economía del crimen y la evasión tributaria (Allingham y Sandmo, 1972), que usan el mismo modelo de probabilidad de detección y sanción esperada para explicar por qué la gente cumple o no las reglas. Por último, toca la capacidad estatal: la calidad de los registros administrativos y su interoperabilidad deciden cuánto fraude se puede detectar sin castigar a los beneficiarios honestos.

Fuentes y lecturas

  • Akerlof, G. (1978), «The Economics of "Tagging" as Applied to the Optimal Income Tax, Welfare Programs, and Manpower Planning», American Economic Review, 68(1).
  • Besley, T. (1990), «Means Testing versus Universal Provision in Poverty Alleviation Programmes», Economica, 57(225).
  • Cornia, G. A. y Stewart, F. (1993), «Two Errors of Targeting», Journal of International Development, 5(5).
  • Currie, J. (2006), «The Take-Up of Social Benefits», en Auerbach, Card y Quigley (eds.), Public Policy and the Income Distribution, Russell Sage Foundation.
  • Stiglitz, J. y Rosengard, J. (2015), Economics of the Public Sector, 4.ª ed., W. W. Norton.

Apariciones