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Teoría

Universalidad versus focalización de un beneficio

Visto en 2 apariciones de los programas.

Qué es

Todo beneficio social enfrenta la misma pregunta de diseño antes que cualquier otra: ¿quién lo recibe? La respuesta admite dos familias. Un beneficio universal se entrega a todos los miembros de una categoría demográfica —todos los niños menores de dos años, todos los mayores de 65— sin examinar su situación económica. Un beneficio focalizado exige acreditar una condición: un ingreso bajo cierto umbral, la pertenencia a un decil, la tenencia de un empleo formal. La distinción parece administrativa y es profundamente política, porque cada rama arrastra costos distintos y crea coaliciones distintas.

El argumento estándar a favor de focalizar es aritmético: con un presupuesto fijo, concentrar el gasto en quienes más lo necesitan produce más reducción de pobreza por peso gastado. El argumento en contra es que la focalización no es gratis. Tiene tres costos que la aritmética simple ignora. El primero es el costo de administración e información: verificar ingresos exige un aparato que los mide, y en economías con alta informalidad los mide mal. El segundo es el costo de estigma y sub-cobertura: los programas que exigen declararse pobre para acceder son sistemáticamente sub-utilizados por parte de la población elegible, en lo que la literatura llama non-take-up. El tercero, y el más importante analíticamente, es el desincentivo implícito: si el beneficio desaparece al cruzar un umbral de ingreso, ese retiro opera como un impuesto marginal sobre el trabajo adicional. Es el problema clásico de la teoría de la tributación óptima, formulado por Mirrlees (1971): todo esquema que redistribuye enfrenta un canje entre eficiencia y equidad, y el retiro abrupto de un beneficio focalizado puede generar tasas marginales efectivas superiores a las del impuesto a la renta más alto del país.

A esos costos técnicos se suma uno político. Korpi y Palme (1998) documentaron lo que llamaron la paradoja de la redistribución: los países que más focalizan sus transferencias en los pobres tienden a redistribuir menos en total, porque los programas dirigidos exclusivamente a los pobres carecen de la base electoral que sostiene su presupuesto en el tiempo. Un beneficio que también recibe la clase media tiene defensores cuando llega el ajuste fiscal; uno que solo reciben los pobres, no. La conclusión no es que la universalidad domine siempre, sino que la comparación honesta debe hacerse sobre el gasto redistributivo efectivamente sostenido, no sobre el diseño en el papel.

Hay una tercera dimensión, menos discutida y decisiva en el caso chileno: de quién es el derecho. Un beneficio puede ser universal en cobertura y seguir estando anclado a una condición del adulto —tener empleo formal, cotizar, trabajar en una empresa de cierto tamaño— o desanclarse de ella y quedar radicado en el beneficiario final. El cambio de titularidad no es semántico. Cuando el titular es el trabajador, el beneficio funciona como un instrumento de mercado laboral y su lógica es habilitar el empleo. Cuando el titular es el niño, el beneficio se convierte en un derecho de la persona, y su lógica ya no depende de que nadie trabaje. Ese desplazamiento cambia quién puede exigirlo, contra quién, y en qué circunstancias.

Cómo lo explicó el programa

El 9 de septiembre de 2026, discutiendo la ley de sala cuna universal recién despachada, el panel de Buenos Días Mercado puso el foco exactamente en ese punto de titularidad. José Manuel Arias lo formuló así: "Se dice que esto ya no es un derecho de la madre, sino que es un derecho del niño."

El programa desarrolló por qué esa frase, que suena a mejora retórica, tiene consecuencias operativas. La sala cuna universal se concibió siempre como un instrumento laboral: alguien paga el cuidado para que la madre —o el padre— pueda salir a trabajar. La redacción despachada, en cambio, define el beneficio como derecho del niño. Eso lo desancla de la condición de estar trabajando y abre una pregunta incómoda: si el derecho es del niño y no del adulto que trabaja, ¿podría llegar a obligar a llevar al hijo a sala cuna a quien tiene condición económica para no trabajar y prefiere cuidarlo en su casa? El panel señaló que existe precedente en Chile: la gratuidad universal en educación superior también asoció el derecho al estudiante en vez de a su situación, y hubo que retroceder sobre el diseño.

El programa fue igualmente claro en que el problema que justifica la ley no desapareció: la participación laboral femenina en Chile sigue en torno al 48%, frente a casi 70% de los hombres, y una parte de esa brecha se explica por el costo del cuidado infantil concentrado en la madre. La crítica del panel no fue a la universalidad del beneficio, sino a la mudanza del titular: ampliar cobertura y cambiar el sujeto del derecho son dos decisiones separadas que la ley tomó juntas.

Relación con otros conceptos

La discusión conecta directamente con la tributación óptima y las tasas marginales efectivas: el retiro de un beneficio focalizado es un impuesto encubierto sobre el ingreso adicional, y por eso los diseños modernos prefieren el retiro gradual al umbral abrupto. Se relaciona con la incidencia de los beneficios laborales: un beneficio atado al empleo formal termina siendo pagado, en parte, por el propio trabajador vía menor salario líquido, lo que en el caso de un beneficio ligado a la maternidad puede castigar la contratación de mujeres —el argumento del artículo 203 chileno, cuyo umbral de veinte trabajadoras operaba además como una discontinuidad que desincentivaba cruzarlo—. Toca también la economía política del gasto público, donde la sostenibilidad presupuestaria de un programa depende del tamaño de su coalición beneficiaria; el riesgo moral y la selección adversa, que explican por qué verificar condiciones es caro; y la participación laboral femenina como variable de oferta de trabajo sensible al precio efectivo del cuidado.

Fuentes y lecturas

  • Mirrlees, J. A. (1971), An Exploration in the Theory of Optimum Income Taxation, The Review of Economic Studies, 38(2), 175–208.
  • Korpi, W. y Palme, J. (1998), The Paradox of Redistribution and Strategies of Equality: Welfare State Institutions, Inequality, and Poverty in the Western Countries, American Sociological Review, 63(5), 661–687.
  • Barr, N. (2020), The Economics of the Welfare State, 6ª edición, Oxford University Press.
  • Atkinson, A. B. (1995), Public Economics in Action: The Basic Income/Flat Tax Proposal, Oxford University Press.
  • Blau, F. D. y Kahn, L. M. (2017), The Gender Wage Gap: Extent, Trends, and Explanations, Journal of Economic Literature, 55(3), 789–865.

Apariciones