Teoría
El arancel como instrumento de recaudación fiscal
Visto en 1 aparición de los programas.
Qué es
Un arancel es un impuesto que se cobra sobre una mercancía cuando cruza la frontera. Como todo impuesto, hace dos cosas a la vez: cambia precios relativos y recauda plata. La literatura suele mirar lo primero —la protección a la industria local— y tratar lo segundo como un subproducto. Históricamente fue al revés: la aduana fue el primer impuesto de los Estados modernos, porque el comercio exterior pasa por pocos puertos y es barato de observar, mientras que gravar el ingreso o el consumo interno exige una administración tributaria que en el siglo XIX simplemente no existía. Adam Smith (1776) ya discutía los derechos de aduana como pieza central de la hacienda pública, y Douglas Irwin (2017) organiza dos siglos de política comercial estadounidense justamente en torno a tres objetivos en tensión permanente: recaudar, restringir y negociar.
Esa tensión es el corazón del concepto. Un arancel solo recauda sobre lo que efectivamente entra. Si la tasa es tan alta que el producto deja de importarse, la protección es total y la recaudación es cero. Y si la tasa es baja, entra mucho y se recauda, pero se protege poco. Recaudación y protección son objetivos que se estorban: existe una tasa intermedia que maximiza el ingreso fiscal, y no es la que más protege. Un gobierno que necesita el dinero tiene, por lo tanto, un incentivo estructural a mantener el arancel en un rango donde el comercio siga fluyendo —lo que suena razonable, pero convierte al impuesto en una fuente presupuestaria permanente, difícil de desmontar después.
La teoría de la tributación óptima es dura con esta herramienta. Ramsey (1927) estableció que, para recaudar con el menor daño, conviene gravar más lo que menos reacciona al precio. Diamond y Mirrlees (1971) fueron más lejos con su teorema de eficiencia en la producción: si el gobierno dispone de impuestos generales al consumo, los aranceles quedan dominados: recaudan lo mismo generando más pérdida. La razón es que un arancel hace dos cosas en un solo gesto —encarece el consumo y subsidia implícitamente a los productores locales menos eficientes—, y esa segunda mitad es puro costo sin ingreso para el fisco. Corden (1974) formalizó esa descomposición en un costo por el lado del consumo y otro por el lado de la producción. La conclusión práctica es conocida: un IVA parejo recauda mejor que una aduana. El problema es que exige capacidad estatal, y por eso los países de ingreso bajo siguieron dependiendo del comercio; Baunsgaard y Keen (2010) mostraron que muchos de ellos recuperaron solo una fracción de lo que perdieron al liberalizar.
Queda la pregunta de quién paga. Para un país pequeño que enfrenta un precio mundial dado, la respuesta es clara: el arancel lo paga el importador y se traspasa al consumidor local. Solo un país grande, capaz de mover el precio mundial, puede empujar parte del costo hacia el exportador extranjero vía términos de intercambio; ese es el argumento del arancel óptimo que viene de Bickerdike (1906) y que Johnson (1953) completó incorporando la represalia. La evidencia del episodio proteccionista estadounidense de 2018-2019 fue inusualmente nítida en este punto: Amiti, Redding y Weinstein (2019) y Fajgelbaum, Goldberg, Kennedy y Khandelwal (2020) encontraron un traspaso casi completo a los precios internos de Estados Unidos. Es decir, incluso la economía más grande del mundo terminó recaudando, en lo esencial, de su propia gente. Eso no invalida el arancel como instrumento fiscal —recauda igual—, pero cambia lo que es: no es un cobro al extranjero, es un impuesto al consumo doméstico con una distorsión adicional adentro.
Para Chile la pregunta es distinta y más incómoda. El arancel general es uniforme y bajo desde 2003, y la red de acuerdos comerciales hace que el arancel efectivamente pagado sea marginal en la recaudación total. Es decir, Chile no tiene un interés fiscal propio en los aranceles: los enfrenta como precio de entrada a mercados ajenos, no como fuente de ingresos. Cuando el instrumento le importa a la contraparte por razones de caja, la negociación deja de ser sobre comercio y pasa a ser sobre el presupuesto del otro.
Cómo lo explicó el programa
El 4 de septiembre de 2026, en «Buenas Tardes Mercado», Patricio Melero puso el motivo fiscal en el centro para explicar por qué la disyuntiva chilena es más difícil de lo que parece. El dilema, tal como lo planteó el programa, era firmar un acuerdo bilateral que bajara el arancel de 12,5% a 10% y ampliara la lista de exentos —a cambio de cláusulas anexas que en otros países obligan a alinearse con la política comercial de Washington frente a terceros— o resistir e insistir en el TLC, corriendo el riesgo de que el 12,5% suba mañana.
El argumento decisivo no fue jurídico sino presupuestario. Aunque la Corte Suprema norteamericana ya declaró ilegal el primer arancel del 10% y hay requerimientos contra este, Melero anticipó que aparecerá otro mecanismo, porque la necesidad de caja no desaparece con el fallo: "Estados Unidos necesita recaudar. Entonces, esta es una cosa tremenda a la que estamos." Ahí está el concepto operando como herramienta de pronóstico: si el arancel fuera solo protección, un revés judicial podría terminarlo; si es una línea del presupuesto, el mecanismo se reemplaza y la tasa sobrevive al instrumento que la creó.
Relación con otros conceptos
El arancel recaudatorio se entiende cruzando tres ideas. La primera es la incidencia tributaria: quién soporta el impuesto no lo decide la ley, sino las elasticidades, y de ahí viene la diferencia entre el caso del país pequeño y el argumento de términos de intercambio que sostiene el arancel óptimo. La segunda es la pérdida de eficiencia o peso muerto, que es lo que separa a un arancel de un IVA equivalente: el arancel arrastra además un costo de producción. La tercera es la desviación de comercio: en un mundo de acuerdos preferenciales, una exención no solo abarata un flujo, también redirige compras desde el proveedor más eficiente hacia el que quedó exento, y esa parte del efecto no aparece en la cuenta fiscal.
Fuentes y lecturas
- Corden, W. M. (1974), Trade Policy and Economic Welfare, Oxford University Press.
- Diamond, P. y Mirrlees, J. (1971), "Optimal Taxation and Public Production I: Production Efficiency", American Economic Review 61(1).
- Irwin, D. (2017), Clashing over Commerce: A History of U.S. Trade Policy, University of Chicago Press.
- Fajgelbaum, P., Goldberg, P., Kennedy, P. y Khandelwal, A. (2020), "The Return to Protectionism", Quarterly Journal of Economics 135(1).
- Krugman, P., Obstfeld, M. y Melitz, M. (2018), Economía internacional: teoría y política, 11ª ed., Pearson.