Teoría
Regresividad de un subsidio generalizado
Visto en 2 apariciones de los programas.
Qué es
Un subsidio es regresivo cuando el beneficio que entrega se concentra en los hogares de mayores ingresos. El término viene del análisis tributario —un impuesto es regresivo si su carga, medida como porcentaje del ingreso, cae a medida que el ingreso sube— y se aplica al gasto público por espejo: lo que en un impuesto es carga, en un subsidio es beneficio. La distinción importa porque hay dos lecturas posibles y no siempre coinciden. En términos absolutos, un subsidio es regresivo si el decil alto recibe más pesos que el decil bajo. En términos relativos, lo es si esos pesos representan una fracción mayor del ingreso del rico que del pobre. Un subsidio generalizado a la bencina suele ser regresivo en el primer sentido de manera abrumadora, y ahí es donde el juicio deja de ser opinable.
La razón es aritmética. Un subsidio generalizado a un bien opera bajando su precio unitario para todo el que lo compre: el beneficio de cada hogar es el subsidio por litro multiplicado por los litros que consume. La distribución del beneficio, entonces, es la distribución del consumo del bien. Si la curva de Engel del combustible tiene pendiente positiva —y la tiene, porque la tenencia de automóvil es prácticamente un umbral de ingreso—, el gasto público sigue al consumo y el consumo sigue al ingreso. La medición estándar compara el coeficiente de concentración del beneficio contra el Gini del ingreso, en la línea del índice propuesto por Kakwani (1977): si el beneficio está más concentrado que el ingreso, el instrumento empeora la distribución en vez de corregirla. La evidencia comparada es contundente: revisando estudios de incidencia en países en desarrollo, Arze del Granado, Coady y Gillingham (2012) encontraron que el quintil más rico captura alrededor de seis veces más subsidio a los combustibles que el quintil más pobre.
Falta la otra mitad del cálculo, y es la que casi siempre se omite. La incidencia fiscal, tal como la formalizó Musgrave (1959), exige mirar simultáneamente quién recibe y quién paga. Un subsidio financiado con impuestos generales o con deuda pública lo costean todos los contribuyentes, incluidos los que no consumen el bien; si además se financia con deuda, se traslada a contribuyentes futuros que no participaron de la decisión. El resultado neto puede ser una transferencia desde quienes no tienen auto hacia quienes sí lo tienen.
La teoría normativa tiene una respuesta bastante clara sobre el instrumento. Atkinson y Stiglitz (1976) mostraron que, bajo un impuesto al ingreso óptimo y separabilidad débil de las preferencias, no hay ganancia en distorsionar los precios relativos de los bienes: la redistribución se hace con transferencias directas, no manipulando el precio del combustible. El argumento fuerte en contra —que conviene no caricaturizar— es el de Besley y Kanbur (1988) y la literatura de focalización que le siguió: focalizar cuesta, produce errores de exclusión y es políticamente frágil, mientras que un subsidio al precio no requiere registro de beneficiarios ni verificación de medios. Ese argumento pesa mucho donde el Estado no sabe quién es pobre; pesa poco en un país con registro social de hogares y transferencias bancarizadas.
Hay un agravante propio de los combustibles. Como el consumo de bencina genera externalidades negativas —congestión, contaminación local, emisiones—, la prescripción pigouviana es que su precio óptimo incluya un impuesto positivo, no un subsidio (Parry y Small, 2005). Subsidiarlo empuja el precio en la dirección contraria a la eficiente, aumenta la cantidad consumida y genera una pérdida de bienestar que se suma al costo fiscal: el Estado gasta más de lo que efectivamente transfiere.
Cómo lo explicó el programa
En Buenos Días Mercado del 22 de septiembre de 2026 (bdm-2026-09-22), bajo el tema "Regresividad del subsidio a los combustibles", el panel desarmó el argumento en sus dos mitades, la del beneficio y la del financiamiento. La primera: subsidiar la bencina es transferir fondos públicos a gente que puede pagarla, porque quien se desplaza todo el día en auto por decisión propia no es la persona más pobre del país. La segunda, la que rara vez se dice en voz alta: el que no tiene auto termina financiando esa transferencia vía deuda estatal.
Pepe Arias lo cerró sin adornos: "el Estado de Chile está dispuesto a subsidiar eso, eso evidentemente es regresivo". Vale la pena notar que ese "evidentemente" no es retórico. La regresividad de un subsidio es una magnitud que se calcula con datos de encuesta de presupuestos familiares, no una intuición ideológica, y en el caso de la bencina el resultado empírico rara vez sorprende.
La objeción honesta al argumento existe y conviene tenerla a mano: parte del consumo de combustible es indirecto —llega al hogar pobre a través del transporte público, del flete y del precio de los alimentos—, de modo que un estudio de incidencia que solo mire la compra directa en el surtidor exagera la regresividad. Cuando se incorporan esos efectos, la conclusión se atenúa pero no se da vuelta, y se ordena por combustible: la gasolina es el caso más regresivo, el gas licuado y el kerosene bastante menos. La lectura útil no es "ningún subsidio energético sirve", sino que si el objetivo es proteger al hogar vulnerable del shock del petróleo, el litro barato es un instrumento caro e impreciso comparado con una transferencia directa del mismo monto.
Relación con otros conceptos
El concepto es una aplicación de la incidencia fiscal, que exige evaluar el beneficio y su financiamiento en el mismo cálculo, y hereda el instrumental de la progresividad tributaria: curva de Lorenz, coeficiente de Gini y coeficiente de concentración. Del lado del diseño, la discusión es focalización versus universalidad, con su trade-off entre error de exclusión y error de inclusión, y con las transferencias monetarias directas como instrumento alternativo. Por el lado de la eficiencia se conecta con la pérdida de peso muerto que introduce cualquier cuña entre precio y costo marginal, y —dado que el combustible genera externalidades negativas— con el impuesto pigouviano, que apunta exactamente al revés. La pendiente del beneficio depende de la elasticidad ingreso de la demanda y de la curva de Engel del bien. En lo fiscal engancha con el costo fiscal de los subsidios implícitos, con el gasto tributario cuando la ayuda se canaliza como exención, y con la restricción presupuestaria intertemporal del Estado cuando se financia con deuda. Por último, la persistencia de estos esquemas pese a su regresividad medida es materia de economía política: beneficios visibles y concentrados, costos difusos y diferidos, que es la receta clásica de la captura de una política pública por su grupo beneficiario.
Fuentes y lecturas
- Atkinson, A. B. y Stiglitz, J. E. (1976), "The Design of Tax Structure: Direct versus Indirect Taxation", Journal of Public Economics 6(1-2).
- Arze del Granado, J., Coady, D. y Gillingham, R. (2012), "The Unequal Benefits of Fuel Subsidies: A Review of Evidence for Developing Countries", World Development 40(11).
- Kakwani, N. (1977), "Measurement of Tax Progressivity: An International Comparison", The Economic Journal 87(345).
- Engel, E., Galetovic, A. y Raddatz, C. (1999), "Taxes and Income Distribution in Chile: Some Unpleasant Redistributive Arithmetic", Journal of Development Economics 59(1).
- Stiglitz, J. E. (2000), Economics of the Public Sector, 3.ª ed., W. W. Norton (capítulos de incidencia del gasto público y diseño de programas de transferencia).