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Teoría

Sensibilidad de los ingresos fiscales al precio del cobre

Visto en 13 apariciones de los programas.

Qué es

La sensibilidad de los ingresos fiscales al precio del cobre es la derivada del recaudo del Estado respecto del precio del metal: cuántos dólares adicionales entran a la caja fiscal por cada centavo de dólar por libra que sube el cobre. En Chile se expresa casi siempre en esa unidad —millones de dólares al año por centavo— porque el precio de referencia con que se construye el Presupuesto también se fija en centavos por libra.

El canal no es uno solo. El fisco chileno captura el cobre por tres vías: como dueño de Codelco (impuesto de primera categoría, el impuesto adicional de 40% sobre empresas del Estado y el traspaso de excedentes), como titular del royalty minero sobre la gran minería privada —hoy regido por la Ley 21.591, que combina un componente ad valorem con otro sobre el margen operacional y un tope a la carga total—, y como recaudador de impuesto a la renta sobre las utilidades de las diez grandes mineras privadas y sobre las remesas al exterior. Hasta 2019 existía además el 10% de la Ley Reservada del Cobre, derogado por la Ley 21.174.

La consecuencia analítica importante es que la base imponible es la utilidad, no las ventas. En el corto plazo los costos de operación están dados: la mina, la ley del mineral, los contratos de energía y la dotación no cambian porque el cobre suba diez centavos. Ese apalancamiento operativo hace que el centavo marginal caiga casi íntegro al margen y se grave a la tasa efectiva. De ahí dos propiedades que suelen olvidarse cuando la cifra se repite como si fuera una constante física:

  1. Es una derivada local, no una recta. Con el precio cerca del costo de producción, un centavo mueve poco (hay pérdidas que absorber, tramos bajos de la escala del royalty); bien por encima del costo, mueve mucho más. La relación es convexa, y por eso el rango US$30-50 millones por centavo es un rango y no un número.
  2. Se desplaza con variables ajenas al cobre. El tipo de cambio (parte de los costos es en pesos), el precio de la energía, las pérdidas tributarias acumuladas de años malos y la ley del mineral de cada yacimiento corren la curva completa. Los ejercicios de sensibilidad que publica la Dirección de Presupuestos en el Informe de Finanzas Públicas se recalculan justamente por eso.

Hay además un desfase de caja: los impuestos llegan por pagos provisionales mensuales y se liquidan en la operación renta de abril. Un boom de precios en un año se ve completo en la recaudación recién al año siguiente.

Nada de esto dice todavía qué hacer con la plata, y ahí entra la parte normativa. La regla de balance estructural chilena —vigente desde 2001, con un comité independiente que fija el precio de referencia de mediano plazo— define como transitorio, por construcción, todo ingreso por sobre ese precio. Frankel (2011) argumenta que la innovación institucional decisiva no fue la regla en sí sino delegar los parámetros a paneles externos, lo que quebró el sesgo optimista sistemático de las proyecciones discrecionales. La lógica de fondo es la del ingreso permanente de Friedman (1957) aplicada al Estado, o su versión fiscal explícita en Barro (1979): un shock transitorio se absorbe con el balance —deuda, fondos soberanos— y no con el nivel de gasto, que es rígido a la baja.

Cómo lo explicó el programa

En Buenas Tardes Mercado del 5 de agosto de 2026, en el bloque sobre el impacto fiscal de la bonanza del cobre y del litio, el panel hizo exactamente la cuenta de servilleta que permite esta sensibilidad: con un parámetro de US$30-50 millones anuales por centavo, el alza del precio implicaba entre US$6.000 y US$8.000 millones extra para el fisco solo por cobre, más unos US$2.000 millones por litio.

Manuel Bengolea lo puso en la versión conservadora del rango: "para el fisco significa que debería obtener del orden de cuatro mil, cinco mil millones de dólares adicionales".

Lo interesante fue el segundo movimiento del argumento, que es el que la teoría respalda: esa plata debía ir a cerrar el déficit de más de US$9.000 millones y a pagar deuda, no a financiar más gasto. Es la conclusión de ingreso permanente enunciada sin nombrarla. Y también una advertencia sobre la magnitud: que la ventana entre el escenario optimista y el pesimista sea de US$2.000 millones muestra que el número es un rango, no una certeza presupuestaria.

Relación con otros conceptos

Es la bisagra entre los términos de intercambio y la política fiscal. Aguas arriba depende del ciclo de precios de commodities y de la estructura de costos de la industria; aguas abajo alimenta el balance estructural, el precio de referencia del cobre y las reglas de acumulación del Fondo de Estabilización Económica y Social. Sin ella, la prociclicidad fiscal es casi inevitable: se gasta el boom y se ajusta en la caída.

Se apoya en el apalancamiento operativo, que explica su convexidad, y advierte contra la enfermedad holandesa: Corden y Neary (1982) mostraron que gastar internamente el auge de un sector exportador aprecia el tipo de cambio real y encoge los transables no-cobre. Ahorrar el excedente no es solo prudencia contable; es evitar un costo real sobre el resto de la economía. Por último, conecta con el costo de financiamiento soberano: un fisco cuyo ingreso es volátil paga premio por riesgo, y la regla existe en parte para comprarlo más barato.

Fuentes y lecturas

  • Corden, W. M. y Neary, J. P. (1982), "Booming Sector and De-Industrialisation in a Small Open Economy", The Economic Journal, 92(368).
  • Barro, R. J. (1979), "On the Determination of the Public Debt", Journal of Political Economy, 87(5).
  • Frankel, J. A. (2011), A Solution to Fiscal Procyclicality: The Structural Budget Institutions Pioneered by Chile, NBER Working Paper 16945.
  • De Gregorio, J. (2007), Macroeconomía: Teoría y Políticas, Pearson Educación (capítulos de política fiscal y economía abierta).
  • Dirección de Presupuestos, Informe de Finanzas Públicas (publicación periódica; contiene los ejercicios de sensibilidad y el precio de referencia vigente) — dipres.gob.cl.

Apariciones