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Teoría

Mecanismo de estabilización de precios (MEPCO)

Visto en 16 apariciones de los programas.

Qué es

El MEPCO —Mecanismo de Estabilización de Precios de los Combustibles— es el amortiguador que Chile interpone entre el precio internacional del petróleo refinado y el precio que el automovilista ve en el surtidor. No es un subsidio en el sentido clásico (el Fisco no gira plata a las bencineras): opera por el lado del impuesto específico a los combustibles, agregándole un componente variable que se suma o se resta al componente base según cuánto se aparte el precio de referencia de una banda calculada como promedio móvil de precios pasados. Cuando el crudo refinado sube, el impuesto baja y la subida llega recortada al consumidor; cuando baja, el impuesto sube y el consumidor no captura toda la caída. El mecanismo se creó por la Ley N° 20.765 (2014), sucediendo al SIPCO de la Ley N° 20.493 (2011), y fue recalibrado dos veces bajo presión: en 2019 con un mecanismo transitorio que apretó el ajuste semanal máximo, y en 2022 con la Ley N° 21.472, que dotó de recursos adicionales al fondo tras el shock energético de la guerra en Ucrania.

La lógica es la de un fondo de estabilización de precios de materias primas, un instrumento que la teoría estudió mucho antes de que existiera este mecanismo. La intuición amable es la de Massell (1969): si la volatilidad viene de la oferta, estabilizar el precio genera una ganancia neta de bienestar que se reparte entre productores y consumidores. La intuición incómoda es la de Waugh (1944), que mostró que un consumidor capaz de sustituir puede beneficiarse de la inestabilidad —le conviene comprar mucho cuando está barato— de modo que aplanar el precio no es gratis para él. El tratamiento definitivo lo dieron Newbery y Stiglitz (1981): una vez que se modelan la aversión al riesgo y los mercados incompletos, los beneficios de estabilizar resultan mucho menores de lo que la retórica pública supone, y buena parte de ellos podría lograrse con instrumentos de seguro más baratos.

Hay tres propiedades del diseño que conviene tener presentes. Primero, el MEPCO suaviza, no elimina: transforma un salto grande en varios pasos chicos, y esos pasos siguen ocurriendo. Segundo, en teoría es de suma cero intertemporal —lo que se deja de recaudar en la subida se recauda en la bajada—, pero eso solo se cumple si el mecanismo se deja operar simétricamente; cada vez que se interviene para amortiguar más en las alzas sin devolver en las bajas, la asimetría se convierte en costo fiscal permanente. Tercero, ese costo compite con todo lo demás del presupuesto: menor recaudación del impuesto específico es exactamente eso, menos ingresos disponibles para otros usos.

Cómo lo explicó el programa

El 28 de julio (Buenos Días Mercado), el panel llegó al tema por la vía de la incomodidad comunicacional. Con los parámetros vigentes el alza del jueves podía superar los $100 por litro, en un momento en que el barril venía cayendo y rondaba los US$80. Juan José Lavín lo puso en términos de lo indefendible que resulta esa aritmética frente al público: "con esos precios difícil explicarle a la ciudadanía, oiga sabe que va a subir 120 pesos el litro". La conversación dejó planteada la tensión de fondo: el MEPCO existe precisamente para amortiguar ese salto, pero la holgura fiscal para hacerlo estaba disputada con los recursos de la reconstrucción.

Dos días después, el 30 de julio, el mismo programa cerró el arco con el dato: el alza terminó siendo de 32 a 33 pesos por litro y no los cerca de 100 que proyectaban algunos analistas, porque el mecanismo rebajó transitoriamente el impuesto específico. Lavín nombró el precio del alivio sin adornos: "de 100 pesos bajamos a 30 más menos, eso es menos recaudación tributaria por impuestos específicos". Y agregó la variable que la teoría no modela pero que explica por qué el mecanismo sobrevive a todas sus críticas técnicas: el costo político de repetir el bencinazo de fines de marzo. El par de episodios ilustra el mecanismo mejor que cualquier definición: la brecha entre $100 y $33 es el MEPCO, y esa brecha aparece después como una línea menor en la recaudación.

Relación con otros conceptos

El MEPCO es un caso particular de incidencia tributaria: quién soporta realmente un impuesto no lo decide la ley sino las elasticidades, y aquí el Estado usa la palanca tributaria para redistribuir en el tiempo un shock de términos de intercambio. Su justificación macro se apoya en los efectos de segunda vuelta de un shock de oferta: el combustible entra en el costo de casi todo, y contener el salto inicial busca impedir que se propague a la inflación general y a las expectativas, en una economía además muy indexada. Por el lado fiscal, es un ejercicio de suavización tributaria en la línea de Barro (1979) —mantener la tasa efectiva estable en vez de que salte con cada shock—, y funciona como un estabilizador automático solo mientras sus reglas no se intervengan discrecionalmente. Finalmente, conecta con la literatura de subsidios a la energía, que documenta que este tipo de alivio universal al precio termina siendo regresivo en términos absolutos: quien más combustible consume es quien más recibe.

Fuentes y lecturas

  • Newbery, D. y Stiglitz, J. (1981), The Theory of Commodity Price Stabilization: A Study in the Economics of Risk, Oxford University Press.
  • Massell, B. (1969), "Price Stabilization and Welfare", Quarterly Journal of Economics, 83(2).
  • Waugh, F. (1944), "Does the Consumer Benefit from Price Instability?", Quarterly Journal of Economics, 58(4).
  • Arze del Granado, J., Coady, D. y Gillingham, R. (2012), "The Unequal Benefits of Fuel Subsidies: A Review of Evidence for Developing Countries", World Development, 40(11).
  • Ley N° 20.765 (2014), Crea mecanismo de estabilización de precios de los combustibles que indica, Biblioteca del Congreso Nacional de Chile.

Apariciones