Teoría
Costos laborales no salariales
Visto en 14 apariciones de los programas.
Qué es
El costo laboral no salarial es todo lo que a un empleador le cuesta tener a un trabajador contratado y que no llega como sueldo líquido a su bolsillo: cotizaciones de cargo del empleador, seguros obligatorios, impuestos a la planilla, provisiones por término de contrato, capacitación, beneficios en especie. En la contabilidad de la empresa es una sola cifra —el costo total por trabajador—; en la percepción de quien lo recibe, es otra bastante menor. La distancia entre ambas es lo que la literatura llama cuña: mientras más gruesa, más caro resulta emplear formalmente a alguien por cada peso que ese alguien efectivamente percibe.
El punto teórico central es que la incidencia legal no determina la incidencia económica. Que la ley diga "de cargo del empleador" no significa que el empleador lo pague. Quién absorbe la carga depende de las elasticidades relativas de oferta y demanda de trabajo, y como la oferta laboral agregada es bastante inelástica —la gente trabaja igual aunque el sueldo baje algo—, la teoría predice que buena parte se traslada al salario en el mediano plazo, vía reajustes que no se dan.
Summers (1989) agregó el matiz que hace toda la diferencia entre un impuesto y un beneficio obligatorio. Si el trabajador valora lo que recibe a cambio —una pensión propia, un seguro de salud—, su curva de oferta se desplaza y el mandato se traslada al salario casi completo, con poca pérdida de empleo: es un pago en especie, no un tributo. Si lo valora en cero, es un impuesto puro al trabajo y destruye empleo como cualquier otro. De ahí que la pregunta relevante frente a cada nueva cotización no sea "¿quién la paga?" sino "¿cuánto la valora quien la recibe?".
La evidencia chilena es, curiosamente, el caso de manual. Gruber (1997) estudió la reforma previsional de 1981, que redujo la cotización de cargo del empleador en torno a 25 puntos del salario, y encontró traslado prácticamente completo a los salarios, sin efecto detectable sobre el empleo. La advertencia es que ese traslado necesita que los salarios puedan moverse. Donde el ajuste está bloqueado —salario mínimo que muerde, contratos indexados, rigidez a la baja—, la cuña no se descuenta del sueldo: se descuenta del empleo, o empuja la relación hacia la informalidad. Heckman y Pagés (2004) documentaron ese patrón en América Latina, donde el sector informal funciona como válvula de escape de la regulación laboral.
Dos rasgos adicionales importan para el debate chileno. Primero, buena parte de estos costos son cuasi-fijos en el sentido de Oi (1962): se pagan por trabajador y no por hora, así que encarecen contratar una persona más pero no hacer trabajar más a las que ya están; el sesgo va hacia sobretiempo y hacia jornadas largas antes que hacia nuevas contrataciones. Segundo, la indemnización por años de servicio no es un costo corriente sino un pasivo contingente: no está fondeado, se devenga en silencio y solo se hace exigible al desvincular. Lazear (1990) mostró que una indemnización obligatoria es neutra si las partes pueden deshacerla con un ajuste compensatorio de salario, y solo entonces distorsiona el empleo cuando ese ajuste está impedido. Chile ya tiene la versión fondeada de ese mecanismo en su propia legislación —el pacto de indemnización a todo evento a partir del séptimo año, y su versión obligatoria para trabajadoras de casa particular—, financiada con un depósito mensual del empleador en una cuenta individual.
Cómo lo explicó el programa
En Buenas Tardes Mercado del 29 de abril de 2025, bajo el tema "Reforma previsional", el panel puso fecha y monto a la llegada del costo: en agosto de 2026 empieza a cobrarse la cotización con destino al fondo estatal de reparto, parte con 0,9% del sueldo y significa US$72 millones el primer mes para el sector privado, cifra que se duplica un año después. El énfasis fue el de la caja: sube la planilla del empleador sin que hayan subido las ventas. Tomás Flores lo resumió en el registro de quien mira el destino del dinero, no la boleta: "los trabajadores les vamos a tener que empezar a prestar plata al gobierno".
Esa frase es, sin decirlo, el test de Summers. Una cotización que va a la cuenta propia se valora cerca de su costo y termina descontándose del salario con poco daño al empleo; una que se lee como préstamo forzoso al fisco se valora menos, y en esa medida se comporta más como impuesto puro. El programa no discutió si el empleador "aguanta" el 0,9%: discutió qué recibe a cambio quien lo genera.
Al día siguiente, el 30 de abril de 2025, el tema fue la propuesta laboral de Kast —indemnización a todo evento y contrato por horas— y el argumento fue justamente el de Lazear con datos chilenos. La indemnización a todo evento parece antitrabajador y no lo es: al destinar un porcentaje del sueldo a una cuenta individual que el trabajador se lleva cambie de empleo o lo despidan, hace portable el beneficio y baja el costo de desvincular, hoy el mayor costo de reestructurar una empresa intensiva en mano de obra. El dato de fondo que dio el panel es demoledor para el esquema vigente: del orden del 22% accede realmente al beneficio, porque muchos renuncian, otros salen antes del año y sobre todo porque cuando la empresa quiebra el trabajador queda en una cola con probabilidad cero de cobrar; las indemnizaciones las terminan pagando las grandes empresas con continuidad de giro, que explican apenas un cuarto del empleo. Es el peor de los mundos del marco de Summers: un pasivo que sí encarece contratar y que el trabajador, con razón, valora bastante menos que su costo. El contrato por horas apunta al mismo problema por el lado cuasi-fijo —formalizar lo que hoy se hace boleteando—. Un panelista lo dejó en una línea: "facilitar la contratación implica también facilitar el poder desvincular".
Relación con otros conceptos
Es una aplicación directa de la incidencia tributaria y de la cuña tributaria sobre el trabajo, y su magnitud depende de las elasticidades de oferta y demanda laboral. Se cruza con el salario mínimo, que es lo que impide el traslado a salarios y convierte la cuña en desempleo o informalidad; con la legislación de protección al empleo, donde vive el costo de desvincular; con el seguro de cesantía de cuentas individuales, que es el mismo principio de fondeo y portabilidad aplicado antes; con los pasivos contingentes, que es la naturaleza contable de la indemnización no fondeada; y con la distinción entre margen intensivo y extensivo del empleo, que explica por qué un costo por cabeza y no por hora empuja hacia más horas antes que hacia más contratos.
Fuentes y lecturas
- Summers, L. (1989), "Some Simple Economics of Mandated Benefits", American Economic Review.
- Gruber, J. (1997), "The Incidence of Payroll Taxation: Evidence from Chile", Journal of Labor Economics.
- Lazear, E. (1990), "Job Security Provisions and Employment", The Quarterly Journal of Economics.
- Heckman, J. y Pagés, C. (eds.) (2004), Law and Employment: Lessons from Latin America and the Caribbean, University of Chicago Press / NBER.
- Cahuc, P., Carcillo, S. y Zylberberg, A. (2014), Labor Economics, 2.ª ed., MIT Press.