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Teoría

Salario mínimo y empleo

Visto en 16 apariciones de los programas.

Qué es

El salario mínimo es un piso legal a la remuneración: la ley prohíbe pactar un salario por debajo de cierto monto. Es, en lenguaje de manual, un precio piso en el mercado del trabajo, y toda la discusión teórica gira en torno a una pregunta simple de enunciar y difícil de contestar: qué pasa con el empleo cuando ese piso queda por encima del salario que el mercado habría fijado solo.

El modelo competitivo estándar da la respuesta clásica y pesimista. Si las empresas contratan hasta que el salario iguala el valor del producto marginal del trabajo, un piso por sobre el equilibrio deja fuera a todos los trabajadores cuya productividad no alcanza a cubrirlo: la cantidad ofrecida de trabajo sube, la demandada baja, y la diferencia es desempleo. Ese es el argumento que formalizó Stigler (1946), quien además anticipó el problema distributivo: el mínimo protege al que conserva el empleo y castiga precisamente al trabajador marginal —joven, sin experiencia, de baja calificación— que se pretendía ayudar. Cuánto empleo se pierde depende de la elasticidad de la demanda de trabajo y de la mordida del mínimo (su razón respecto del salario mediano, el llamado índice de Kaitz): un piso que muerde poco es casi inocuo; uno que muerde mucho es una restricción real.

Contra esa lectura hay dos objeciones serias. La primera es teórica: si el empleador tiene poder de mercado sobre el salario —monopsonio, en el sentido que introdujo Joan Robinson (1933)— contrata menos de lo que contrataría en competencia, y un mínimo bien calibrado puede subir salario y empleo al mismo tiempo. La segunda es empírica: Card y Krueger (1994), comparando restaurantes de comida rápida a ambos lados de la frontera entre Nueva Jersey y Pensilvania tras un alza del mínimo, no encontraron la caída de empleo que el modelo predecía. El trabajo abrió tres décadas de discusión metodológica —Neumark y Wascher (2008) son la réplica más sistemática— y contribuyó al Nobel de Card en 2021, más por el método cuasi-experimental que por el resultado.

El consenso posible hoy es menos épico que cualquiera de los dos bandos: alzas moderadas sobre un mínimo que muerde poco tienen efectos de empleo pequeños y difíciles de detectar; alzas grandes sobre un mínimo que ya muerde mucho sí destruyen empleo. Y el ajuste no ocurre solo por el margen del despido: también por horas, por precios, por rotación, por menor contratación futura —y, en economías con un sector informal grande, por salida hacia la informalidad antes que por desempleo abierto, un mecanismo del linaje de Harris y Todaro (1970). En América Latina se documenta además el "efecto faro": el mínimo legal opera como referencia de negociación incluso donde no es exigible (Maloney y Núñez, 2004).

Queda un punto sobre el que la teoría es bastante menos ambigua: en el largo plazo el salario real no puede crecer sostenidamente más que la productividad del trabajo. Un decreto puede fijar el piso nominal; lo que ese piso compra depende de cuánto produce una hora de trabajo. Por eso la pregunta de política pública rara vez es "¿sube o no el mínimo?" sino "¿cuánto, con qué gradualidad, y sobre qué base productiva?".

Cómo lo explicó el programa

En Buenas Tardes Mercado del 30 de abril de 2025 (btm-2025-04-30), a propósito de la petición de la CUT de un reajuste de 12%, Manuel Bengolea puso el ancla de productividad al centro: "los aumentos reales tienen que ver con los aumentos en productividad". Con inflación de 4%, un 12% nominal es 12% real —contra una serie histórica de salarios reales que, según su lectura, se mueve entre 1,5% y 2% anual— y una productividad que en Chile no mostraría cifras positivas desde 2016. Su segundo argumento fue de incidencia: la cuenta la pagan las pymes, de seis o siete trabajadores promedio y varios en el mínimo, que explican cerca del 70% del empleo y venían absorbiendo simultáneamente el alza anterior (la que obligó al gobierno a subsidiarlas), la reducción a 40 horas y la cotización adicional de la reforma de pensiones. La lectura política, agregó, es que la CUT sube la apuesta viendo venir un cambio de gobierno.

En Buenos Días Mercado del 15 de mayo de 2025 (bdm-2025-05-15), Willy Díaz desplazó el foco: "aquí el problema es la informalidad". Su argumento fue de fuente de datos —los registros de la Superintendencia de Pensiones, donde están todos los que tienen contrato— y con esa base solo 11,7% de los cotizantes gana bajo $500.000 y apenas 1,6% gana el salario mínimo, con un ingreso imponible promedio de $1.260.644. Su conclusión es que el debate político sobre sueldos "se rasca donde no pica": la brecha real son 3,5 millones de personas, 37% de los ocupados, que trabajan sin cotizar y quedan sin salud ni pensión.

Los dos argumentos son complementarios y describen el mismo cuadro desde extremos distintos: el mínimo muerde poco en el sector formal medido, pero muerde fuerte donde se concentra el empleo pyme, y el margen de ajuste disponible es justamente el sector que no aparece en los registros.

Relación con otros conceptos

La discusión se apoya en la productividad laboral —el ancla del salario real de largo plazo— y en la elasticidad de la demanda de trabajo, que determina cuánto empleo cuesta cada punto de reajuste. La informalidad laboral es el margen de ajuste dominante en economías como la chilena, y por eso convive con el mínimo en vez de simplemente reemplazarlo. El monopsonio explica por qué el resultado del modelo competitivo no es universal. Y como el costo relevante para el empleador es el costo total del trabajo, el mínimo no puede analizarse aislado de los costos no salariales —cotizaciones, jornada legal— que forman la cuña entre lo que paga la empresa y lo que recibe el trabajador.

Fuentes y lecturas

  • Stigler, G. (1946), "The Economics of Minimum Wage Legislation", American Economic Review 36(3).
  • Robinson, J. (1933), The Economics of Imperfect Competition, Macmillan.
  • Card, D. y Krueger, A. (1994), "Minimum Wages and Employment: A Case Study of the Fast-Food Industry in New Jersey and Pennsylvania", American Economic Review 84(4).
  • Neumark, D. y Wascher, W. (2008), Minimum Wages, MIT Press.
  • Maloney, W. y Núñez, J. (2004), "Measuring the Impact of Minimum Wages: Evidence from Latin America", en Heckman, J. y Pagés, C. (eds.), Law and Employment: Lessons from Latin America and the Caribbean, University of Chicago Press / NBER.
  • Borjas, G. (2020), Labor Economics, 8.ª ed., McGraw-Hill.

Apariciones